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domingo, 24 de julio de 2011

SINDROME de ALIENACION PARENTAL Primera Parte



Articulo Original del Mª Ángeles Sepúlveda García de la Torre.  Licenciada en Psicología. Experta Universitaria en Criminología y en Mediación y Orientación Familiar. Coordinadora de Punto de Encuentro Familiar de Sevilla. España
La infancia es la etapa más bella de la evolución hacia la madurez, en la que existe una gran vulnerabilidad que debe ser protegida. Se considera que la familia es la primera fuerza (en el tiempo y por su trascendencia) que interviene modulando las experiencias infantiles determinando conductas y participando en la personalidad progresiva, es en ella donde nos tenemos que centrar para dar explicación a las conductas y comportamientos de nuestros menores. El modelo tradicional de familia en los últimos años ha sufrido grandes cambios, tanto en sus estructuras como en sus interacciones, existiendo en las últimas décadas un enorme incremento de separaciones y divorcios, que hacen necesaria la creación de instrumentos procesales por parte del ordenamiento jurídico. Así, la legislación ha tenido que ir adaptándose a las nuevas realidades familiares y ha tenido que regular las relaciones entre los hijos de padres y madres separados.
Sea cual fuere el miembro de la pareja (madre o padre) con quien conviva el niño se ha de garantizar la relación con ambos tras la separación; los regímenes de visitas tienen varias e importantes funciones psicológicas para el desarrollo de la infancia, las visitas protegen los derechos del niño de acceso al progenitor no custodio, al igual que los de este último; así mismo, se protege el vínculo emocional entre el niño y sus progenitores, ya que se le proporcionan modelos de rol alternativos y, por último, se permite al progenitor custodio que descanse de su responsabilidad en la crianza. El problema surge no por el hecho de que los padres, responsablemente, decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hacen partícipes a sus hijos e hijas de los conflictos que ha generado la separación. Entonces los niños se ven inmersos en los problemas de los adultos, tomando partido en el conflicto, pasando a formar parte de los bloques enfrentados, y reproduciendo las disputas de los mayores. En estos casos, la opinión de los menores estará mediatizada, en mayor o menor grado, por el problema en el que están inmersos y por las presiones que están recibiendo. En determinados casos, es fácil apreciar como el niño adquiere un papel protector del progenitor al que siente como más débil, "el perdedor o el abandonado", ejerciendo una función defensora que no le corresponde. Esta función puede llevarle incluso a rechazar cualquier contacto con el otro progenitor, justificando su postura ante todas las instancias que le pide explicaciones, incluido el Juez.
Por otra parte, los niños envueltos en una situación de ruptura familiar conflictiva sufren una aguda sensación de shock, de miedo intenso, teñido todo ello por un sentimiento de profunda confusión, con consecuencias negativas a nivel psicoemocional y conductual. Estos niños con frecuencia presentan, sentimientos de abandono y culpabilidad, rechazo, impotencia e indefensión, inseguridad, así como estados de ansiedad y depresión y conductas regresivas, disruptivas y problemas escolares.
Esta sintomatología puede verse incrementada al ser presionado para participar en actos legales derivados del conflicto de separación, pasando a formar parte de la propia disputa en la medida en que sus sentimientos son utilizados como argumentos o armas arrojadizas. Los padres pueden tomar al pie de la letra esta negativa expresada y utilizarla para descalificarse mutuamente, e incluso pueden decidir llevar a su hijo delante del Juez para que este también pueda escucharle y valorar si es influencia de uno o, por el contrario, la ineficacia del otro, lo que motiva dicha actitud.
La persistencia del conflicto, especialmente cuando las disputas se pretenden resolver judicialmente, produce un agotamiento mental de quien se encuentra inmerso en él, disminuyendo la capacidad atencional para responder de manera efectiva y adaptada a las demandas propias y del entorno, repercutiendo negativamente en la capacidad de detectar y satisfacer las necesidades de sus hijos, especialmente las emocionales. Sin duda alguna los procedimientos contenciosos generan un estrés en los progenitores y en los hijos e hijas que repercuten negativamente en el equilibrio emocional de todos ellos, y que llega a ser de tal magnitud que las necesidades infantiles quedan relegadas a un segundo plano, pudiendo llegar a constituir un factor de riesgo de enfermedad mental en la infancia.
La primera definición que se realiza sobre esta realidad, es de Richard Gardner  en 1985, que define el Síndrome de Alienación Parental (S.A.P.) como un desorden que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro)de uno de los padres y de la propia contribución del hijo a la denigración del padre rechazado. Otros autores como Aguilar lo definen como un trastorno caracterizado por un conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor. Los comportamientos y estrategias que el progenitor alienante pone en juego suelen ser sutiles.
Si bien es cierto que para realizar una campaña de desacreditación respecto al progenitor alienado, el alienador debe ser consciente de los actos que realiza, también es cierto que a menudo, este no es plenamente consciente de que está produciendo un daño psicológico y emocional en sus hijos/as, y de las consecuencias que ello va a tener a corto y largo plazo en el o la menor. Bolaños entiende el SAP como un síndrome familiar en el que cada uno de sus participantes tiene una responsabilidad relacional en su construcción y por tanto en su transformación; teniendo en cuenta que el elemento principal es el rechazo más o menos intenso de los hijos hacia uno de los cónyuges, propone modificar la nomenclatura clásica de Gardner por la de Progenitor Aceptado y Progenitor Rechazado.
Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se convierte en un Síndrome Jurídico Familiar, en el que los abogados, jueces, peritos y otros profesionales vinculados adquieren responsabilidad en su continuidad. La negativa de los hijos adquiere auténtica trascendencia cuando se expresa en un juzgado, ya que se desencadenan entonces acusaciones, búsquedas de explicaciones y acciones encaminadas a resolver el problema que hace que la instancia judicial se convierta en parte para resolver el mismo, de tal manera que debamos incluirla como un elemento de vital importancia de los componentes del Síndrome. El sistema judicial, con la intervención de los letrados, por el privilegiado lugar que ocupan tanto para mantener como agravar el SAP podría incluirse dentro del maltrato institucional.
Es posible identificar diferentes niveles de intensidad en el rechazo que muestran los niños y niñas afectados por el SAP: rechazo leve, moderado e intenso:
• El rechazo leve se caracteriza por la expresión de algunos signos de desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay evitación y la relación no se interrumpe.
• El rechazo moderado se caracteriza por la expresión de un deseo de no ver al padre o la madre acompañada de una búsqueda de aspectos negativos del progenitor rechazado que justifique su deseo. Niega todo afecto hacia él y evita su presencia. El rechazo se generaliza a su entorno familiar y social. La relación se mantiene por obligación o se interrumpe.
• El rechazo intenso supone un afianzamiento cognitivo de los argumentos que lo sustentan. El niño se los cree y muestra ansiedad intensa en presencia del progenitor rechazado. El rechazo adquiere características fóbicas con fuertes mecanismos de evitación.
Puede aparecer sintomatología psicosomática asociada.
El rechazo puede aparecer inmediatamente después de la ruptura o en periodos posteriores que pueden alcanzar varios años después, generalmente asociados a momentos concretos del nuevo ciclo evolutivo familiar. De esta manera se distinguen, siguiendo a diferentes autores, dos tipos de rechazo en función del momento en que aparecen: primario y secundario, que configuran una dinámica relacional.





domingo, 17 de julio de 2011

Dia Internacional del Niño

El 20 de noviembre de 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas se reunió con la intención de reafirmar los derechos universales de la niñez y para que se celebrara en cada país del mundo un día que se consagraría a la fraternidad y a la comprensión entre los niños del mundo entero y se destinara a actividades que desarrollaran el bienestar de todos los niños del mundo.

La idea de esta reunión se debió una institución llamada Unión Internacional de Protección a la Infancia, que en 1952 planteó que debía haber un día especial para festejar a los niños. Un año después, en 1953, cuarenta países decidieron unirse a la fiesta y celebrarlo también.


Pronto, las Naciones Unidas se sumaron a la idea y se decretó por unanimidad que debía establecerse una fecha para honrar y poner énfasis en las necesidades de los niños de todo el mundo.
La fecha de celebración varia de un país a otro, en Venezuela se celebra el tercer domingo de julio. En este dia se acostumbra dar un obsequio a los niños y aunque no es un dia de asueto se realizan diferentes actividades en las comunidades y asi homeajear a los mas pequeños del hogar.